Nueva normativa elimina la figura del Agente Residente en sociedades mercantiles
Con esta reforma, las nuevas sociedades que se constituyan, sin importar si su representante legal es extranjero o no residente, ya no deberán nombrar un agente residente. En su lugar, deberán contar con una dirección física actualizada en Costa Rica y registrar una cuenta de correo electrónico válida, la cual se utilizará como medio oficial para recibir notificaciones.





